El vicepresidente de la Junta de Andalucía y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, acompañado, entre otros, por el alcalde de Lora del Río, Antonio Miguel Enamorado; el delegado del Gobierno de la Junta en Sevilla, Ricardo Sánchez; el delegado territorial de Justicia en Sevilla, Javier Millán; el director general de de Justicia Juvenil, Francisco Ontiveros; y el fiscal-jefe de Sevilla, Luis Fernández Arévalo, ha visitado en la mañana del miércoles 9 de junio las instalaciones del nuevo Servicio de Asistencia de Víctimas en Andalucía (SAVA) en el Juzgado de Lora del Río.
Previamente, el vicepresidente de la Junta fue recibido en el Salón de la Alcaldes del Ayuntamiento de Lora del Río, donde firmó en el Libro de Honor, para posteriormente dirigirse al Juzgado de Lora del Río.
El vicepresidente de la Junta, Juan Marín, se interesó por la atención que se está realizando a través de este nuevo servicio, puesto que “es una iniciativa más para acercar la atención a las personas, y sobre todo, a las que son víctimas de cualquier tipo de violencia o situación de urgencia”.
Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA)
El Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA) es un servicio de carácter público, de ámbito andaluz, universal y gratuito, integrado por recursos, funciones y actividades, bajo la dirección y coordinación de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, dirigido a informar, asesorar, proteger y apoyar a las víctimas de delitos, así como a reducir y evitar los efectos de la victimización secundaria, acercando la justicia a la ciudadanía. Además de en Sevilla capital, en la provincia de Sevilla se han instalado en tres juzgados, entre los que se incluye Lora del Río.
Se considera víctima a:
- Las personas físicas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales como consecuencia de una infracción penal.
- Los familiares o personas físicas que tengan relación afectiva con las personas a las que se refiere el apartado anterior y se vean perjudicadas en los aspectos señalados en él.
- Las personas físicas que hayan sufrido daños al asistir a las personas referidas en el apartado primero en el momento de la comisión de la infracción penal o para prevenir la victimización.
La victimización secundaria se refiere a todas las agresiones psíquicas (no deliberadas pero efectivas) que la víctima recibe en su relación con los profesionales de los servicios sanitarios, policiales, o de la judicatura (interrogatorios, reconstrucción de los hechos, asistencia a juicios, identificaciones de acusados, lentitud y demora de los procesos, etc), así como los efectos del tratamiento informativo del suceso por parte de los medios de comunicación. Estos efectos pueden llegar a constituirse en una segunda experiencia de victimización, posterior a la vivencia del delito.
La finalidad del SAVA es prestar una atención integral y coordinada a los problemas padecidos por las víctimas como consecuencia de su victimización y dar respuesta a sus necesidades específicas en los ámbitos jurídico, psicológico y social, mediante la intervención interdisciplinar de un equipo técnico.