29 marzo 2024, viernes
spot_img
InicioRedacciónNota de prensa de la policía local de Lora del Río

Nota de prensa de la policía local de Lora del Río

Desde la Sección Sindical del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España en Andalucía, nos vemos obligados nuevamente a defendernos de los continuos ataques que el anterior alcalde y actual portavoz del partido popular en este Ayuntamiento realiza contra los agentes del servicio de la Policía Local.


Hemos sufrido calumnias y vejaciones durante los últimos meses en los que ostentó la Alcaldía Municipal, tratando de menospreciar al Cuerpo de la Policía ante sus vecinos, y todo porque fue incapaz de gestionar y solucionar un problema acuciante de falta de personal para mantener un servicio digno para nuestro pueblo, así como su prepotencia para alcanzar acuerdos que mejoraran la penosa situación que viene sufriendo Lora del Río, sin servicio de policía en muchos de sus turnos desde el mes de febrero, situación ésta que no ha ocurrido nunca.
Lo último que se esperaba, es que como concejal de la oposición, mantuviera su actitud agresiva hacia la Policía Local, manifestando en el Pleno celebrado en el día de hoy que el actual equipo de gobierno «HA SOLUCIONADO EL PROBLEMA DE LA POLICÍA LOCAL A COSTA DE LAS MULTAS QUE LES VAN A PONER A LOS LOREÑOS».
No se puede caer más bajo. El ego y la mala conciencia de este concejal hace que nuevamente realice ataques gratuitos hacia el Cuerpo de la Policía Local, queriendo engañar a nuestros vecinos de manera ruin, relacionando el incremento presupuestario de una partida por denuncias con la solución a la problemática del servicio policial, incitando de esta manera a los mismos vecinos a ponerse en contra de la labor policial que tienen encomendadas por decisión de los legisladores.
Aunque tenemos la certeza de que el portavoz del partido popular conoce sobradamente toda la legislación nacional y local, le recordamos la siguiente normativa:
1a.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 22 Retribuciones de los funcionarios

  1. No podrá percibirse participación en tributos o en cualquier otro ingreso de las Administraciones Públicas como contraprestación de cualquier servicio, participación o premio en multas impuestas, aun cuando estuviesen normativamente atribuidas a los servicios.
    2a.- Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los Funcionarios de Administración Local.
    Artículo 1 Conceptos retributivo

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los funcionarios de Administración Local sólo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos establecidos en el artículo 23 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
En consecuencia, no podrán percibir participación alguna de los tributos, comisiones u otros ingresos de cualquier naturaleza que correspondan a la Administración o cualquier poder público como contraprestación de cualquier servicio o jurisdicción, ni participación o premio en multas impuestas, aun cuando estuviesen normativamente atribuidas a los mismos, ni retribuciones o contraprestaciones distintas a las determinadas en los artículos siguientes por ningún otro concepto, ni siquiera por confección de proyectos, dirección o inspección de obras o presupuestos, asesorías o emisión de dictámenes o informes, y ello sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del sistema de incompatibilidades.
3a.- REGLAMENTO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LORA DEL RÍO.
Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Lora del Río, en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2008.
Capítulo 2. Régimen de retribuciones del personal.
Artículo 35.- Normas generales y comunes.

  1. En su virtud, el personal funcionario no podrá participar en la distribución de fondos de ninguna clase, ni percibir remuneraciones distintas de las previstas en este Reglamento.
    Con todo ello queremos tranquilizar a nuestros vecinos, ya que independientemente de lo que nuestros gobernantes municipales regulen para los presupuestos municipales, todos los miembros del Cuerpo de la Policía Local actuarán siempre con la mayor independencia y profesionalidad que les exija la ley, realizando nuestra función de vigilancia y control del tráfico en nuestro pueblo en virtud de la situación del tráfico y no por otros supuestos motivos que únicamente pueden nacer del pensamiento de personas que odian a este Cuerpo.
    La Sección Sindical del SPPME-A Lora del Río a 26 de julio de 2022
LoradelRio.NeT
LoradelRio.NeThttps://loradelrio.net
LoradelRio.NeT se creó el día 1 de noviembre de 2002, era una época que todavía el internet era un bicho raro. LoradelRio.NeT perseveró y con muchas dificultades pero también con muchas satisfacciones aquí sigue, prestando un servicio de información totalmente altruista y poniéndola al servicio de todo Lora del Río y de muchos Loreños por el mundo. Gracias por seguirnos.
- Publicidad -spot_imgspot_img

Últimas Noticias

Acto de apertura del paso inferior de Hytasa

Acto de apertura del paso inferior de Hytasa en la tarde de hoy viernes...

0
Video del acto de apertura del paso inferior de Hytasa en la tarde de hoy viernes 22 de marzo, han intervenido el alcalde de...
Los pantanos de Lora del Río empiezan a notar las lluvias caídas estos últimos días

Los pantanos de Lora del Río empiezan a notar las lluvias caídas estos últimos...

0
En marzo hemos tenido unas precipitaciones de lluvia que han alcanzado, hasta hoy 28 de marzo, los 158 litros por metro cuadrado, lo que...